ACTA Nº 1.– En Montevideo, a los doce días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco, se reúnen en Asamblea, los representantes de las Organizaciones que se mencionan a continuación: Asociación Uruguaya de Karate, Asociación Uruguaya de Karate-Do Itosu-Kai, Asociación Uruguaya Ken-Shin-Kan Karate-Do, Centro Uruguayo de Karate Kyokushinkaikan Mas Oyama, Federación Uruguaya de Karate y Unión Uruguaya de Karate, quienes forman una Asociación Civil cuya denominación se establece en el Estatuto aprobado en el día de la fecha y el cual se transcribe a continuación:
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